Estimado Alejandro: como bien sabes entre los actos administrativos singulares y los reglamentos están los actos generales o plúrrimos, que teniendo eficacia general no revisten naturaleza reglamentaria. Un R.D.aprobado en Consejo de Ministros que concede una medalla se publica y no es un reglamento, al igual que el nombramiento de los funcionarios. Por otra parte, creo que el R.D. que declara el estado de alarma es el presupuesto o requisito habilitante, ya que los efectos son los que marca la Ley. De todos modos, respeto tu criterio porque está fundado. Es más, creo que el Gobierno podía – y moralmente debía- haber solicitado el dictamen del Consejo de Estado por trámite de urgencia. Un saludo, y gracias por tus amables palabras.
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