Creo que resulta absolutamente esclarecedor el debate que se produjo durante la tramitación de la ley para averiguar la finalidad del legislador.
La argumentación del Sr. Sartorius no deja lugar a dudas:
“De todas formas, nosotros comprendemos lo que el Gobierno y la UCD quieren conservar o quieren mantener de este apartado c) del articulo 4., y es que cuando se dé una situación de emergencia por catástrofe, calamidad, situación de desabastecimiento, crisis sanitarias, es decir, cuando se den los supuestos contemplados en este artículo, entonces sí que podría funcionar el apartado c) del artículo 4.”; o sea, que dentro del contexto de los supuestos que se contemplan para poder declarar el estado de alarma, que son tres concretamente, aparte de este apartado c) que estamos contemplando, que es de catástrofes, calamidades o desgracias públicas, crisis sanitarias o situaciones de desabastecimiento de productos de primera necesidad, en ese contexto es evidente que los servicios públicos tienen que funcionar por encima de todo, y evidentemente, tiene que existir esa posibilidad. De ahí que nosotros propongamos una enmienda “in voce” al artículo 4.”, letra c), que diría lo siguiente, añadiendo un inciso final a continuación del párrafo c) de dicho artículo 4.”: Paralización de servicios públicos esenciales para la comunidad, cuando no se garantice lo dispuesto en los artículos 28.2 y 37.2 y concurra alguna de las demás circunstancias o situaciones contenidas en este artículo». Eso nos parece que garantizaría lo que se pretende por parte del legislador, porque lo que no queremos pensar es que lo que se pretende es limitar el derecho de huelga a partir del derecho de huelga, sino de situaciones de excepcionalidad de otro tipo, porque -repito- estas garantías las contempla nuestra Constitución clarísimamente en los artículos 28.2 y 37.2 referidos a los conflictos colectivos.
Esta es la solución que el Grupo Parlamentario Comunista ve a este apartado c), porque tal y como está no nos parecería aceptable, y la propuesta que hacemos sería esta enmienda “in voce”.