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Channel: Comentarios en: Sobre la posible ilegalidad del estado de alarma decretado por R.D.1673/2010
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Por: Sevach

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Me alegra comprobar por la altura y finura de las perspectivas volcadas al analizar el Decreto sobre el estado de alarma ( desde la perspectiva de sus presupuestos normativos) que estamos ante un ejemplo de la riqueza del Derecho. Sí añadiré que el tono del debate me ha recordado aquella distinción que se efectuaba en la Licenciatura en Derecho sobre la perspectiva de la legalidad (coherencia lógica de la argumentación jurídica según sus principios de cohesión e interpretación), de la legitimidad ( fondo ético de la norma) y de la sociología (eficacia de la norma). En el presente caso, debemos dejar el debate centrado en la pura legalidad, y bajo esta perspectiva técnica, hay dos posiciones sustanciales. De un lado, la perspectiva de la literalidad de la Ley Orgánica de los Estados Anómalos que, unida al carácter tasado, restrictivo y excepcional de tales situaciones, comportaria la ilegalidad del Decreto por forzar la extensión de su ámbito natural. De otro lado, la perspectiva de la finalidad de la Ley Orgánica de los Estados Anómalos que, unida al carácter abierto y analógico de tales situaciones, comportaría la legalidad del Decreto en cuanto habilitaría para aplicarlo a la situación aquí planteada, no contemplada expresamente en la Ley.
Jueces tiene “la Iglesia” y bien el Tribunal Supremo, o bien el Tribunal Constitucional nos alumbrarán el camino.
Saludos a todos y gracias.


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